La cláusula de fuerza mayor en un contrato limita la responsabilidad de ambas partes en caso de que ocurran eventos repentinos y fuera de su control que les impiden cumplir con lo estipulado
“No hubo un apoyo de Pemex. Hubo dos cosas que hubiéramos querido y que por contrato vienen, pero que no se respetaron. La primera es patear los plazos de pago y la segunda es el mantenimiento de descuentos por volumen de compra”, explicó César Pereda, director general de Grupo PERC.
Pereda explicó que los contratos normalmente contemplan seis días de pago, y que grupos gasolineros intentaron negociar con la empresa estatal para ampliar el plazo debido a que el flujo de ingresos era insuficiente para cubrir los costos. Además, pidieron que se respetaran los descuentos por volumen en compras que disminuyeron de forma proporcional a la baja en la demanda. En ambos casos, no obtuvieron respuesta.
La cláusula de fuerza mayor en un contrato limita la responsabilidad de ambas partes en caso de que ocurran eventos repentinos y fuera de su control que les impiden cumplir con lo estipulado. Pemex invocó esta cláusula en sus contratos de compra de hidrocarburos debido a la baja en la demanda provocada por la pandemia de COVID-19.
Los contratos no son idénticos para todas las empresas, explicó Santiago Arroyo, abogado experto en el sector energético. Sin embargo, todos incluyen derechos y responsabilidades, entre los que se encuentra recibir el producto en tiempo y dentro de los volúmenes solicitados, al precio pactado.
Los contratos también incluyen el establecimiento de un volumen mínimo de compra donde los comercializadores suelen “ahorcarse solos”, dijo Arroyo. “Hay un formulario donde tú llenas el volumen mínimo y el máximo solicitado(…) a partir de los cuales Pemex te asigna un descuento”.
El volumen mínimo de compra semanal debe ser superior a 15,000 litros de cada uno de los tres productos (magna, premium y diésel), pues esa es la capacidad de las pipas más pequeñas. La situación actual ha provocado que varios comercializadores, que siguen recibiendo su pedimento normal, tengan producto rezagado desde hace meses.
“Cuando tú no compras tienes una penalización del 5% del precio de producto. Pemex envía pidas o no, y utiliza los promedios de tus pedidos anteriores. Si no tienes dónde almacenarlo te lo aplican en la siguiente carga y se va acumulando todo el tiempo que no cumplas con tu volumen”, señaló Arroyo.
Esta continuidad al servicio tiene cláusulas en las que se trata distinto a aquellas rupturas imputables a Pemex y aquellas imputables al cliente. El propio contrato menciona que “la parte que alegue un caso fortuito o fuerza mayor deberá realizar los esfuerzos razonables, incluyendo el gasto de sumas de dinero razonables para mitigar o remediar los efectos del caso fortuito”.
Pemex podría entonces considerar que las partes afectadas no están haciendo un “esfuerzo razonable” para mitigar los efectos, lo que obligaría a las partes afectadas a cargar con la responsabilidad de iniciar un proceso legal para demostrar la existencia de una causa de fuerza mayor.
Para algunos grupos gasolineros grandes, los volúmenes mínimos son tolerables si se distribuyen entre todos sus puntos de venta. Sin embargo, los pequeños comercializadores han optado por parar operaciones ante la imposibilidad de seguir pagando las penalizaciones, y la dificultad de iniciar un proceso legal contra Pemex.
Arroyo señaló también que durante la época de desabasto, a principios del año pasado, Pemex era muy dado a pedir concesiones a los comercializadores, en temas como los puntos de recolección del producto y el pago de fletes. Al final, Pemex cumplió con el pago de préstamos y otros compromisos, pero ahora los gasolineros piden el mismo trato durante la actual crisis.
“Hay una cláusula de fuerza mayor en esos contratos. Se mencionó y nunca nos pelaron”, señaló Pereda.
Fuente: Sup News México